E517 – Sulfato de amonio: qué es, origen, usos y seguridad

Sulfato de amonio (E517) está incluido en la normativa europea de aditivos alimentarios vigente utilizada para esta base. Está autorizado en la Unión Europea dentro de las condiciones de uso previstas para cada categoría de alimento. Información revisada con la normativa consolidada de la Unión Europea a 18 de agosto de 2026.

 

Entra dentro de la categoría de aditivos alimentarios de: Soportes y agentes tecnológicos

 


 

Precauciones de E517 Sulfato de amonio

¿Es seguro el E517 (Sulfato de amonio)?

Verde

Nivel de precaución: Sin advertencia específica detectada

En la información recopilada para esta ficha no aparece una advertencia específica adicional; deben respetarse siempre las condiciones y límites de uso autorizados.

 


 

Qué es E517 Sulfato de amonio

¿Qué es?

La lista vigente reconoce E517 Sulfato de amonio como una entrada única; no es un grupo plural de varios sulfatos amónicos. En la práctica, su función tecnológica es facilitar la incorporación, dispersión o manejo de otros ingredientes o aditivos.

 


 

Uso alimentario E517 Sulfato de amonio

Uso alimentario

Se utiliza en aplicaciones alimentarias autorizadas conforme al Reglamento 1333/2008. Cuando se emplea como aditivo, su finalidad principal es facilitar la incorporación, dispersión o manejo de otros ingredientes o aditivos.

Apto para Veganos: Sí
Sí — en la ficha no se identifica una materia prima animal. Para certificación vegana estricta debe confirmarse la cadena de suministro del fabricante.

 


 

Origen y obtención E517 Sulfato de amonio

Origen y obtención

Se obtiene por neutralización de ácido sulfúrico con amoníaco y posterior cristalización y purificación. Para utilizarse en alimentación, el producto final debe ajustarse a las especificaciones de identidad y pureza aplicables.

Origen tipo: Producción industrial

 


 

Efectos adversos E517 Sulfato de amonio

Efectos adversos y seguridad

Una valoración seria no puede reducirse a una etiqueta de toxicidad baja, media o alta. Deben tenerse en cuenta la dosis y las condiciones reales de consumo.

 


 

Consumo recomendado E517 Sulfato de amonio

Consumo recomendado y límites

La cantidad permitida depende del alimento y de la forma en que se utilice el aditivo. Condiciones específicas según la categoría de uso. No siempre existe un único máximo aplicable a todos los productos: la cantidad puede variar según la categoría alimentaria.

 


 

 

Contiene subtipos: No
Número de subtipos: 0

 


 

 


 

Preguntas Frecuentes sobre: E517 Sulfato de amonio

Preguntas frecuentes E517 Sulfato de amonio

¿Qué es E517?

La lista vigente reconoce E517 Sulfato de amonio como una entrada única; no es un grupo plural de varios sulfatos amónicos. En la práctica, su función tecnológica es facilitar la incorporación, dispersión o manejo de otros ingredientes o aditivos.

¿De dónde se obtiene Sulfato de amonio?

Se obtiene por neutralización de ácido sulfúrico con amoníaco y posterior cristalización y purificación. Para utilizarse en alimentación, el producto final debe ajustarse a las especificaciones de identidad y pureza aplicables.

¿Para qué se utiliza E517?

Se utiliza en aplicaciones alimentarias autorizadas conforme al Reglamento 1333/2008. Cuando se emplea como aditivo, su finalidad principal es facilitar la incorporación, dispersión o manejo de otros ingredientes o aditivos.

¿El E517 es malo para la salud?

El E517 está autorizado en la UE cuando se utiliza dentro de las condiciones establecidas. La seguridad no se decide por si su origen es natural o sintético, sino por la dosis y la exposición.

¿Está autorizado el E517 en la Unión Europea?

Sulfato de amonio (E517) está incluido en la normativa europea de aditivos alimentarios vigente utilizada para esta base. Está autorizado en la Unión Europea dentro de las condiciones de uso previstas para cada categoría de alimento. Información revisada con la normativa consolidada de la Unión Europea a 18 de agosto de 2026.

 


 

Fuentes:EUR-Lex – Reglamento (CE) n.º 1333/2008 sobre aditivos alimentarios.

https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:02012R0231-20260818

 

Deja un comentario