E456 – Poliaspartato de potasio: qué es, origen, usos y seguridad

Poliaspartato de potasio (E456) está incluido en la normativa europea de aditivos alimentarios vigente utilizada para esta base. Está autorizado en la Unión Europea, aunque solo para categorías, cantidades o condiciones concretas. Información revisada con la normativa consolidada de la Unión Europea a 18 de agosto de 2026.

 

Entra dentro de la categoría de aditivos alimentarios de: Estabilizantes

 


 

Precauciones de E456 Poliaspartato de potasio

¿Es seguro el E456 (Poliaspartato de potasio)?

Naranja

Nivel de precaución: Precaución

Su uso está limitado a determinadas categorías, cantidades o condiciones establecidas por la normativa.

 


 

Qué es E456 Poliaspartato de potasio

¿Qué es?

Polímero potásico del ácido aspártico autorizado como E456 para estabilizar el vino frente a la precipitación de cristales de tartrato. En la práctica, su función tecnológica es ayudar a mantener estable la textura o la distribución de sus componentes.

 


 

Uso alimentario E456 Poliaspartato de potasio

Uso alimentario

Autorizado en vino tinto, rosado y blanco conforme a la normativa vitivinícola. Cuando se emplea como aditivo, su finalidad principal es ayudar a mantener estable la textura o la distribución de sus componentes.

Apto para Veganos: Sí
Sí — en la ficha no se identifica una materia prima animal. Para certificación vegana estricta debe confirmarse la cadena de suministro del fabricante.

 


 

Origen y obtención E456 Poliaspartato de potasio

Origen y obtención

Se produce a partir de ácido L-aspártico mediante polimerización controlada, formación de la sal potásica y purificación. Para utilizarse en alimentación, el producto final debe ajustarse a las especificaciones de identidad y pureza aplicables.

Origen tipo: Síntesis química

 


 

Efectos adversos E456 Poliaspartato de potasio

Efectos adversos y seguridad

No hay una escala universal que permita llamarlo simplemente «inofensivo» o «peligroso». Los posibles efectos dependen de la cantidad ingerida, la exposición total y la sensibilidad individual.

 


 

Consumo recomendado E456 Poliaspartato de potasio

Consumo recomendado y límites

La cantidad permitida depende del alimento y de la forma en que se utilice el aditivo. Máximo 300 mg/l; los niveles típicos evaluados fueron 100–200 mg/l. No siempre existe un único máximo aplicable a todos los productos: la cantidad puede variar según la categoría alimentaria.

 


 

 

Contiene subtipos: No
Número de subtipos: 0

 


 

 


 

Preguntas Frecuentes sobre: E456 Poliaspartato de potasio

Preguntas frecuentes E456 Poliaspartato de potasio

¿Qué es E456?

Polímero potásico del ácido aspártico autorizado como E456 para estabilizar el vino frente a la precipitación de cristales de tartrato. En la práctica, su función tecnológica es ayudar a mantener estable la textura o la distribución de sus componentes.

¿De dónde se obtiene Poliaspartato de potasio?

Se produce a partir de ácido L-aspártico mediante polimerización controlada, formación de la sal potásica y purificación. Para utilizarse en alimentación, el producto final debe ajustarse a las especificaciones de identidad y pureza aplicables.

¿Para qué se utiliza E456?

Autorizado en vino tinto, rosado y blanco conforme a la normativa vitivinícola. Cuando se emplea como aditivo, su finalidad principal es ayudar a mantener estable la textura o la distribución de sus componentes.

¿El E456 es malo para la salud?

El E456 está autorizado en la UE, pero su uso está sometido a condiciones o límites específicos. Eso no significa que sea «bueno» por sí mismo ni que cualquier cantidad sea adecuada.

¿Está autorizado el E456 en la Unión Europea?

Poliaspartato de potasio (E456) está incluido en la normativa europea de aditivos alimentarios vigente utilizada para esta base. Está autorizado en la Unión Europea, aunque solo para categorías, cantidades o condiciones concretas. Información revisada con la normativa consolidada de la Unión Europea a 18 de agosto de 2026.

 


 

Fuentes:EUR-Lex – Reglamento (CE) n.º 1333/2008 sobre aditivos alimentarios.

https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:02012R0231-20260818

 

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