E338 – Ácido fosfórico: qué es, origen, usos y seguridad

Ácido fosfórico (E338) está incluido en la normativa europea de aditivos alimentarios vigente utilizada para esta base. Está autorizado en la Unión Europea dentro de las condiciones de uso previstas para cada categoría de alimento. Información revisada con la normativa consolidada de la Unión Europea a 18 de agosto de 2026.

 

Entra dentro de la categoría de aditivos alimentarios de: Reguladores de acidez

 


 

Precauciones de E338 Ácido fosfórico

¿Es seguro el E338 (Ácido fosfórico)?

Verde

Nivel de precaución: Sin advertencia específica detectada

En la información recopilada para esta ficha no aparece una advertencia específica adicional; deben respetarse siempre las condiciones y límites de uso autorizados.

 


 

Qué es E338 Ácido fosfórico

¿Qué es?

El E338 es ácido fosfórico, también llamado ácido ortofosfórico. Se utiliza como regulador de acidez y forma parte del grupo regulatorio de fosfatos. En la práctica, su función tecnológica es ajustar o mantener la acidez y el pH del producto.

 


 

Uso alimentario E338 Ácido fosfórico

Uso alimentario

Puede utilizarse en categorías concretas como bebidas y otros alimentos, con cantidades máximas que dependen de la categoría. Cuando se emplea como aditivo, su finalidad principal es ajustar o mantener la acidez y el pH del producto.

Apto para Veganos: Sí
Sí — en la ficha no se identifica una materia prima animal. Para certificación vegana estricta debe confirmarse la cadena de suministro del fabricante.

 


 

Origen y obtención E338 Ácido fosfórico

Origen y obtención

Se fabrica industrialmente y para uso alimentario debe cumplir límites estrictos de pureza. Para utilizarse en alimentación, el producto final debe ajustarse a las especificaciones de identidad y pureza aplicables.

Origen tipo: Producción industrial

 


 

Efectos adversos E338 Ácido fosfórico

Efectos adversos y seguridad

Estas son las precauciones concretas que conviene conocer. Deben considerarse las condiciones de uso y la exposición total a fosfatos. El consumo excesivo de fosfatos debe valorarse en el contexto de la exposición dietética total. No es correcto definir una toxicidad fija «media».

 


 

Consumo recomendado E338 Ácido fosfórico

Consumo recomendado y límites

La cantidad permitida depende del alimento y de la forma en que se utilice el aditivo. No hay un máximo único para todos los alimentos; los límites suelen expresarse como P2O5 para el grupo E338-E452. No siempre existe un único máximo aplicable a todos los productos: la cantidad puede variar según la categoría alimentaria.

 


 

 

Contiene subtipos: No
Número de subtipos: 0

 


 

 


 

Preguntas Frecuentes sobre: E338 Ácido fosfórico

Preguntas frecuentes E338 Ácido fosfórico

¿Qué es E338?

El E338 es ácido fosfórico, también llamado ácido ortofosfórico. Se utiliza como regulador de acidez y forma parte del grupo regulatorio de fosfatos. En la práctica, su función tecnológica es ajustar o mantener la acidez y el pH del producto.

¿De dónde se obtiene Ácido fosfórico?

Se fabrica industrialmente y para uso alimentario debe cumplir límites estrictos de pureza. Para utilizarse en alimentación, el producto final debe ajustarse a las especificaciones de identidad y pureza aplicables.

¿Para qué se utiliza E338?

Puede utilizarse en categorías concretas como bebidas y otros alimentos, con cantidades máximas que dependen de la categoría. Cuando se emplea como aditivo, su finalidad principal es ajustar o mantener la acidez y el pH del producto.

¿El E338 es malo para la salud?

El E338 está autorizado en la UE cuando se utiliza dentro de las condiciones establecidas. Por eso resulta más útil hablar de dosis, límites y precauciones que etiquetarlo simplemente como «bueno» o «malo». Deben considerarse las condiciones de uso y la exposición total a fosfatos. El consumo excesivo de fosfatos debe valorarse en el contexto de la exposición dietética total. No es correcto definir una toxicidad fija «media».

¿Está autorizado el E338 en la Unión Europea?

Ácido fosfórico (E338) está incluido en la normativa europea de aditivos alimentarios vigente utilizada para esta base. Está autorizado en la Unión Europea dentro de las condiciones de uso previstas para cada categoría de alimento. Información revisada con la normativa consolidada de la Unión Europea a 18 de agosto de 2026.

 


 

Fuentes:EUR-Lex – Reglamento (CE) n.º 1333/2008 sobre aditivos alimentarios.

https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:02012R0231-20260818

 

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