E950 – Acesulfamo K: qué es, origen, usos y seguridad

Acesulfamo K (E950) está incluido en la normativa europea de aditivos alimentarios vigente utilizada para esta base. Está autorizado en la Unión Europea dentro de las condiciones de uso previstas para cada categoría de alimento. Información revisada con la normativa consolidada de la Unión Europea a 18 de agosto de 2026.

 

Entra dentro de la categoría de aditivos alimentarios de: Edulcorantes

 


Qué es E950 Acesulfamo K

¿Qué es?

Edulcorante intenso no nutritivo autorizado como E950. En la práctica, su función tecnológica es aportar sabor dulce en los productos para los que está autorizado.

 


 

Uso alimentario E950 Acesulfamo K

Uso alimentario

Se utiliza en numerosos productos de valor energético reducido o sin azúcares añadidos y en otras categorías autorizadas. Cuando se emplea como aditivo, su finalidad principal es aportar sabor dulce en los productos para los que está autorizado.

Apto para Veganos: Sí
Sí — en la ficha no se identifica una materia prima animal. Para certificación vegana estricta debe confirmarse la cadena de suministro del fabricante.

 


 

Origen y obtención E950 Acesulfamo K

Origen y obtención

Se fabrica por síntesis química y purificación conforme a las especificaciones de la UE. Para utilizarse en alimentación, el producto final debe ajustarse a las especificaciones de identidad y pureza aplicables.

Origen tipo: Síntesis química

 


 

Efectos adversos E950 Acesulfamo K

Efectos adversos y seguridad

Estas son las precauciones concretas que conviene conocer. EFSA reevaluó E950 en 2025 y fijó una IDA de 15 mg/kg de peso corporal/día, concluyendo que las estimaciones de exposición de la UE no plantean preocupación.

 


 

Consumo recomendado E950 Acesulfamo K

Consumo recomendado y límites

La cantidad permitida depende del alimento y de la forma en que se utilice el aditivo. Límites específicos por categoría; la IDA actual es 15 mg/kg peso corporal/día. IDA de 15 mg/kg de peso corporal/día, concluyendo que las estimaciones de exposición de la UE no plantean preocupación. No siempre existe un único máximo aplicable a todos los productos: la cantidad puede variar según la categoría alimentaria.

 


 

 

Contiene subtipos: No
Número de subtipos: 0

 


 

 


 

Preguntas Frecuentes sobre: E950 Acesulfamo K

Preguntas frecuentes E950 Acesulfamo K

¿Qué es E950?

Edulcorante intenso no nutritivo autorizado como E950. En la práctica, su función tecnológica es aportar sabor dulce en los productos para los que está autorizado.

¿De dónde se obtiene Acesulfamo K?

Se fabrica por síntesis química y purificación conforme a las especificaciones de la UE. Para utilizarse en alimentación, el producto final debe ajustarse a las especificaciones de identidad y pureza aplicables.

¿Para qué se utiliza E950?

Se utiliza en numerosos productos de valor energético reducido o sin azúcares añadidos y en otras categorías autorizadas. Cuando se emplea como aditivo, su finalidad principal es aportar sabor dulce en los productos para los que está autorizado.

¿El E950 es malo para la salud?

El E950 está autorizado en la UE cuando se utiliza dentro de las condiciones establecidas. Por eso resulta más útil hablar de dosis, límites y precauciones que etiquetarlo simplemente como «bueno» o «malo». EFSA reevaluó E950 en 2025 y fijó una IDA de 15 mg/kg de peso corporal/día, concluyendo que las estimaciones de exposición de la UE no plantean preocupación.

¿Está autorizado el E950 en la Unión Europea?

Acesulfamo K (E950) está incluido en la normativa europea de aditivos alimentarios vigente utilizada para esta base. Está autorizado en la Unión Europea dentro de las condiciones de uso previstas para cada categoría de alimento. Información revisada con la normativa consolidada de la Unión Europea a 18 de agosto de 2026.

 


Precauciones de E950 Acesulfamo K

¿Es seguro el E950 (Acesulfamo K)?

Naranja

Nivel de precaución: ?? Precaución

Dispone de una ingesta diaria admisible o de límites de exposición que conviene respetar junto con las condiciones de uso autorizadas.

 


 

Fuentes:EUR-Lex – Reglamento (CE) n.º 1333/2008 sobre aditivos alimentarios.

https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:02012R0231-20260818

 

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